SCJN niega a Napoleón Gómez Urrutia ser titular del CCT de AHMSA. Monclova

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso fin a la disputa legal entre el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, liderado por el senador Napoleón Gómez Urrutia, y Altos Hornos de México (AHMSA) por el control del Contrato Colectivo de Trabajo de la planta principal.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa propuso negar la protección judicial al sindicato de Napo.

La propuesta fue respaldada por los ministros de la Sala, lo que acabó con una batalla legal que duró más de ocho años.

El litigio se inició el 4 de septiembre de 2015, cuando el sindicato de Napoleón presentó una demanda reclamando la titularidad y administración del Contrato Colectivo de Trabajo de la Planta Siderúrgica Número 1 de AHMSA, en perjuicio del Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Conexos (SNDTM).

En octubre de 2017, se emitió un primer laudo que reconoció al sindicato demandante como representante mayoritario de los trabajadores y, por lo tanto, titular del Contrato Colectivo de Trabajo. También se ordenó a la empresa entregar las cuotas sindicales al sindicato demandante.

El sindicato de Napo presentó un amparo contra esta resolución y en agosto de 2018, se concedió la protección judicial, ordenando a la autoridad responsable que revisara nuevamente la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo.

En mayo de 2022, se emitió un segundo laudo que nuevamente reconoció al SNDTM como representante mayoritario de los trabajadores y titular del Contrato Colectivo de Trabajo.

El sindicato presentó un juicio de amparo directo contra esta determinación, que fue remitido al Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y posteriormente llegó a la Corte.

El sindicato de Gómez Urrutia argumentó la inconstitucionalidad del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, que permite la intervención de las empresas en conflictos inter-sindicales. Sin embargo, la ministra declaró infundados estos argumentos, señalando que no eran materia del presente recurso.

La Querella
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